martes, 8 de julio de 2014

Metas de Aichi 2011 - 2020



Metas de Aichi 2011 – 2020 – Convenio sobre Diversidad Biológica

 

Dra. Marina Rosales Benites de Franco

Prof. Universidad Nacional Federico Villarreal
 
 

La Perspectiva Mundial sobre la Diversidad Biológica

 

 El Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) adoptó el Plan Estratégico 2011 – 2020 para cumplir con sus objetivos de conservar la diversidad biológica, utilizar sosteniblemente sus componentes; y, distribuir justa y equitativamente los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos, de cara a los avances logrados hasta el año 2010, los cuales fueron informados a la comunidad mundial en las publicaciones de Perspectiva Mundial sobre la Diversidad Biológica 3 (Global Biodiversity Outlook  - GBO -3).  Es importante anotar que GBO – 3 presenta la necesidad de tomar en cuenta y priorizar abordar en todos los frentes las causas subyacentes de la pérdida de la diversidad biológica.
 
 Estas publicaciones son valiosas para conocer nuestros avances en la reducción de la pérdida de los componentes de la diversidad biológica. El Convenio sobre Diversidad Biológica ha informado a la comunidad mundial el estado de los componentes de la diversidad biológica a la fecha en tres publicaciones GBO – 1, GBO – 2 y GBO – 3.
 
Las publicaciones de Perspectiva Mundial sobre la Diversidad Biológica  se elaboran sobre la base de los reportes nacionales de los países Partes del CDB, el avance del cumplimiento de los indicadores, literatura científica,  y los estudios de escenarios para el futuro. Esta información ha sido clave para la formulación del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011 – 2020 y las Metas de Aichi, aprobado por la Decisión X/2 en la décima Conferencia de las Partes del Convenio sobre Diversidad Biológica. Además, es importante apuntar la importancia de la contribución del cumplimiento de las Metas de Aichi para los Objetivos de Desarrollo del Milenio al 2015 (Millennium Development Goals – MDGs)[1].
 
 

El Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011 - 2020[2]

 




El Plan Estratégico para la Diversidad Biológica busca contribuir al cumplimiento de los objetivos del Convenio sobre Diversidad Biológica, estableciendo metas orientadas a conservar y recuperar el funcionamiento de los ecosistemas y la provisión de servicios de ecosistemas esenciales para el bienestar humano, revertir la situación de riesgo de las especies amenazadas, garantizar la seguridad alimentaria, la salud humana, la salud de los ecosistemas aire, agua, suelo, procesos, entre otros; sustento económico para el desarrollo sostenible de las sociedades humanas, contribuyendo de esta manera en el corto plazo a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, substancialmente en la reducción de la pobreza. 
 
 
La visión del plan es “Vivamos en armonía con la naturaleza” donde “para el año 2050, la diversidad biológica se valorará, conservará, restaurará y utilizará en forma racional, manteniendo los servicios de los ecosistemas, sosteniendo un planeta sano y brindando beneficios esenciales para todos”. Cabe destacar que uno de los diez principios de la economía es que los países mejoran su calidad de vida, en función de la efectividad en los bienes y servicios que brindan, de igual manera los ecosistemas brindan bienes y servicios, no incluidos en las cuentas nacionales hasta ahora, que son el soporte de la economía de las naciones. En ese sentido es estratégico para nuestra seguridad como especie vivir en armonía con la naturaleza.
 
La misión del plan es “tomar medidas efectivas y urgentes para detener la pérdida de diversidad biológica a fin de asegurar que, para 2020, los ecosistemas tengan capacidad de recuperación y sigan suministrando servicios esenciales, asegurando de este modo la variedad de la vida del planeta y contribuyendo al bienestar humano y a la erradicación de la pobreza. A este fin, las presiones sobre la diversidad biológica se reducen, los ecosistemas se restauran, los recursos biológicos se utilizan de manera sostenible y los beneficios que surgen de la utilización de los recursos genéticos se comparten en forma justa y equitativa; se proveen recursos financieros adecuados, se mejoran las capacidades, se transverzalisan las cuestiones y los valores relacionados con la diversidad biológica, se aplican eficazmente las políticas adecuadas, y la adopción de decisiones se basa en fundamentos científicos sólidos y el enfoque de precaución."
 
 

Los objetivos estratégicos y las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica

 





El plan consta de cinco objetivos estratégicos, que incluyen veinte Metas de Aichi para la Diversidad Biológica. Los objetivos están construidos para abordar las causas subyacentes de la pérdida de la diversidad biológica; reducir las presiones directas y buscar la utilización sostenible de la diversidad biológica; mejorar el estado de conservación de los componentes de la diversidad biológica; optimizar los procesos ecológicos para la generación de sus bienes y servicios; y, fortalecer las capacidades de los conocimientos para la planificación participativa y la gestión. Este último objetivo es un reto prioritario debido a que la planificación y decisiones se toman no siempre priorizando el bienestar común, si no de grupos particulares económicos para el corto plazo, perdiendo toda perspectiva de su beneficio futuro, no entendiendo que en el bienestar común está incluido también la seguridad económica en el largo plazo de estos grupos económicos.

 
 A continuación se detallan los cinco objetivos estratégicos del Plan:
 
 Objetivo estratégico A: abordar las causas subyacentes de la pérdida de la diversidad biológica mediante la incorporación de la diversidad biológica en todos los ámbitos gubernamentales y de la sociedad.


Objetivo estratégico B: reducir las presiones directas sobre la diversidad biológica y promover la utilización sostenible.


Objetivo estratégico C: mejorar la situación de la diversidad biológica salvaguardando los ecosistemas, las especies y la diversidad genética.


Objetivo estratégico D: Aumentar los beneficios de la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas para todos.
 
Objetivo estratégico E: mejorar la aplicación a través de la planificación participativa, la gestión de los conocimientos y la creación de capacidad.
 
 

Las Metas de Aichi 2011 – 2020

 
 
Las veinte Metas de Aichi para la Diversidad Biológica, constituyen las metas al 2020 de cada uno de nosotros, y corresponden a cada uno de los cinco objetivos del plan, las cuales se aplican teniendo en cuanta las necesidades y prioridades nacionales  en el marco de las Estrategias y Planes de Acción de los Partes;  considerando, además,  la inclusión de indicadores adicionales para vigilar el progreso en relación con los aspectos económicos de la diversidad biológica y de los servicios de los ecosistemas, con los beneficios derivados de dichos servicios.
 
 
Los programas de trabajo temáticos del Convenio priorizados de cara a las Metas de Aichi  son  diversidad biológica de las aguas interiores, diversidad biológica marina y costera, diversidad biológica agrícola, diversidad biológica forestal, diversidad biológica de tierras secas y subhúmedas, diversidad biológica de las montañas y diversidad biológica de las islas.  Además, de los temas intersectoriales,  para coadyuvar al desarrollo sostenible y a la reducción de la pobreza.
 
 
Las Metas de Aichi consideradas en las Estrategias y Planes de Acción de las Partes del Convenio sobre Diversidad Biológica deberán ser incluidas en los documentos de planificación y desarrollo de los más altos niveles de decisión política, así como traducidos a lenguajes comprensibles para las empresas privadas y la comunidad en general en todos sus niveles, debe buscar la integración de todas las sociedades, unidas en busca de nuestro futuro común.
 
 A continuación se presentan cada una de las Metas de Aichi[3],[4]con comentarios y sugerencias para su aplicación por las Partes:

 
Objetivo estratégico A: abordar las causas subyacentes de la pérdida de la diversidad biológica mediante la incorporación de la diversidad biológica en todo el gobierno y la sociedad.
 
 
 Meta 1: Para 2020, a más tardar, las personas tendrán conciencia del valor de la diversidad biológica y de los pasos que pueden dar para su conservación y utilización sostenible.
 
 La educación orientada a conocer la importancia de los valores de los componentes de la diversidad biológica y tener experiencias de acercarnos a la naturaleza, nos ayudan a comprender la necesidad de la conservación de la diversidad biológica, para lo cual es necesario trabajar en crear sensibilidad, un cambio de aptitud y actitud de conciencia positiva hacia la diversidad biológica. Todas las personas necesitamos interiorizar su valor, siendo el más importante su vinculación con el  bienestar humano y el desarrollo sostenible. Esta meta nos integra a todos desde los encargados de la formulación de políticas, la empresa privada, hasta el público en general. La familia constituye un espacio vital para consolidar nuestra conciencia del valor de la diversidad biológica.
 
 
Las actividades para fomentar la conciencia del valor de la diversidad biológica deberían articularse con las actividades de educación para el desarrollo sostenible e incorporarse en los principios y mensajes en todos los niveles sociales, científicos y políticos.
 
El programa de comunicación, educación y conciencia pública (CEPA) de la CDB es un instrumento importante del Convenio para alcanzar esta meta, considerando además que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha declarado el Decenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica y el día central de todos los años “El Día Internacional de la Diversidad Biológica”, celebrado el 22 de  mayo.
 
Todos necesitamos integrarnos a esta ola de cambios de paradigmas sobre nuestra relación con los componentes de la diversidad biológica y establecer los canales más apropiados de interacción para la construcción conjunta. Las empresas privadas en todas las áreas industriales, los tomadores de decisiones y los científicos, con una participación activa de la sociedad civil.
 
Meta 2: Para 2020, a más tardar, los valores de la diversidad biológica habrán sido integrados en las estrategias y procesos de planificación de desarrollo y de reducción de la pobreza nacional y local y se estarán integrando en los sistemas nacionales de contabilidad, según proceda, y de presentación de informes.
 
Los valores de la diversidad deberán ser integrados en los instrumentos de planificación de desarrollo y de reducción de la pobreza nacional y local, así como en los sistemas nacionales de contabilidad. Las Partes con la presentación de informes convertirían a la diversidad biológica en un factor a considerar en los programas de desarrollo sociales y económicos de los países y ayudaría a dar una mayor visibilidad a la diversidad biológica entre los responsables de la adopción de políticas. Los valores de la diversidad biológica deben ser tomados en cuenta como un tema transversal en todos los ministerios públicos y plasmados en las políticas de Estado. Los incentivos económicos para las empresas privadas juegan un rol crítico para que la conservación de la diversidad biológica sea un activo en sus planes de inversión.
 
Los estudios sobre la economía de los ecosistemas y la biodiversidad (TEEB), el Sistema de contabilidad ambiental y económica integrada (SCAEI) de las Naciones Unidas, el enfoque por ecosistemas, las evaluación ambiental estratégica, las compensaciones y el pago por los servicios de los ecosistemas, constituyen iniciativas que podrían aplicarse por etapas o en forma incremental,  para integrar los valores de la diversidad biológica en los procesos de adopción de decisiones de las entidades gubernamentales, no gubernamentales, las empresas y todos los ciudadanos. Los valores de la diversidad biológica deben entenderse como los intrínsecos y los instrumentales,  los directos e indirectos,  los de opción, de legado y de existencia. La "contabilidad verde", la planificación a nivel de paisaje y la reducción de la pobreza son los desafíos a desarrollar. 

Meta 3: Para 2020, a más tardar, se habrán eliminado gradualmente o reformado los incentivos, incluidos los subsidios, perjudiciales para la diversidad biológica, a fin de reducir al mínimo o evitar los impactos negativos, y se habrán desarrollado y aplicado incentivos positivos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, de conformidad y en armonía con el Convenio y otras obligaciones internacionales pertinentes, tomando en cuenta las condiciones socioeconómicas nacionales.
 
 Eliminar o reformar incentivos, incluidos los subsidios, perjudiciales para la diversidad biológica constituye un compromiso que debe ir aplicándose gradualmente. Sus eliminaciones generaran a largo plazo beneficios netos sociales y económicos, especialmente los vinculados a la  sobrepesca, la producción agrícola sin control de los fertilizantes y pesticidas, cambios de uso de la tierra sin tener en cuenta la capacidad de uso mayor de los suelos, autorizaciones para la utilización de los bosques primarios sin tener la capacidad de gobernanza, los que deben ser cambiados por incentivos financieros positivos para alentar acciones beneficiosas para la diversidad biológica.
 
Meta 4: Para 2020, a más tardar, los gobiernos, empresas e interesados directos de todos los niveles habrán adoptado medidas o habrán puesto en marcha planes para lograr la sostenibilidad en la producción y el consumo y habrán mantenido los impactos del uso de los recursos nacionales dentro de límites ecológicos seguros.
 
 
Mantener el uso de los recursos naturales dentro de límites ecológicos, requiere de estudios base e históricos para determinar los límites  seguros. La utilización eficiente energética y de los recursos requiere del compromiso de todos, siendo los incentivos, la educación, la  investigación y la responsabilidad social y empresarial, mecanismos para alcanzarla. Nuestra huella ecológica tiene que ir disminuyendo, lo cual debe tener correlación positiva con la utilización eficaz y eficiente de recursos de los ecosistemas para mantener su funcionamiento.
 
 
Objetivo estratégico B: reducir las presiones directas sobre la diversidad biológica y promover la utilización sostenible.
 
 
 Meta 5: Para 2020, se habrá reducido por lo menos a la mitad y, donde resulte factible, se habrá reducido hasta un valor cercano a cero, el ritmo de pérdida de todos los hábitats naturales, incluidos los bosques, y se habrá reducido de manera significativa la degradación y fragmentación.
 
 La reducción de la pérdida de hábitats, incluida su degradación y fragmentación es una tarea transectorial de toma de decisiones desde el nivel nacional al local. La pérdida y la degradación  de hábitats son los impulsores más importantes de la pérdida de diversidad biológica, especialmente debidas al cambio en la utilización de la tierra, priorizando el crecimiento económico a corto plazo.
 
Esta meta nos lleva a priorizar la efectividad de la producción y la planificación espacial del uso de los ecosistemas, en función de su capacidad de mantener las interacciones y procesos en los diferentes niveles de la diversidad biológica, para evitar la pérdida de hábitats de alto valor económico, tales como los bosques primarios, humedales, ecosistemas marinos, entre otros. La pérdida continua conlleva a sobrepasar “umbrales críticos” que conducirían a efectos negativos a gran escala para el bienestar humano.
 
La conectividad de los ecosistemas garantiza la interacción de las poblaciones silvestres. Se requiere que las Partes trabajen en sus líneas bases, a fin de contrarrestar  las tendencias del ritmo de pérdida de hábitats, a fin de establecer un nivel de referencia en comparación con el cual se medirían los progresos hacia esta meta.
 
Meta  6: Para 2020, todas las reservas de peces e invertebrados y plantas acuáticas se gestionarán y cultivarán de manera sostenible, lícita y aplicando enfoques basados en los ecosistemas, de manera tal que se evite la pesca excesiva, se hayan establecido planes y medidas de recuperación para todas las especies agotadas, las actividades pesqueras no tengan impactos perjudiciales importantes en las especies amenazadas y en los ecosistemas vulnerables, y el impacto de la actividad pesquera en las reservas, especies y ecosistemas se encuentren dentro de límites ecológicos seguros.
 
 La sobreexplotación es la principal presión sobre los ecosistemas marinos en todo el mundo; se necesita gestionar los ecosistemas marinos con el uso del enfoque por ecosistemas y el establecimiento de planes de recuperación de especies agotadas, para asegurar su utilización sostenible de las reservas de recursos marinos. Se requiere recuperar el índice trófico marino, mejorar la gestión de los ecosistemas y las tendencias en la abundancia y distribución de determinadas especies, teniendo en cuenta las especies colapsadas y la presión económica de poblaciones objeto de explotación excesiva. Necesitamos gestionar los recursos vivos marinos con visión de largo plazo y acatar en primer orden  las recomendaciones científicas priorizando la salud de los ecosistemas con una distribución más equitativa de los costos y beneficios. Las investigaciones en los ecosistemas marinos deberían integrar gradualmente estudios multivariados y con proyección de tendencias para la toma de decisiones económicas y sociales. Estos procesos nos conllevan a priorizar la producción de biomasa a través del cultivo de recursos biológicos marinos y continentales.
 
 
Meta 7: Para 2020, las zonas destinadas a agricultura, acuicultura y silvicultura se gestionarán de manera sostenible, garantizándose la conservación de la diversidad biológica.
 Los sistemas de gestión para la agricultura, acuicultura y silvicultura deben mejorar su efectividad y gobernanza en relación con la  conservación de la diversidad biológica. La aplicación del enfoque por ecosistemas, el uso de sistemas o normas de certificación y etiquetado son instrumentos para mejorar la sostenibilidad. Las inversiones en estudios científicos para la gestión agrícola, la acuicultura y la silvicultura  deben ser incorporadas como costos de inversión de ganancias netas, a fin de mejorar las fuentes sostenibles y las tendencias en la diversidad genética de animales domesticados, plantas cultivadas y especies de peces de mayor importancia socioeconómica.
 
 
 Meta 8: para 2020, se habrá llevado la contaminación, incluida aquella producida por exceso de nutrientes, a niveles que no resulten perjudiciales para el funcionamiento de los ecosistemas y para la diversidad biológica.
 
 La reducción de la contaminación a niveles no perjudiciales en los ecosistemas, primordialmente los acuáticos, requiere de realizar la priorización de las áreas más afectadas a fin de no continuar contribuyendo con la muerte de los ecosistemas. Las actividades productivas agrícolas, ganaderas, industriales y domésticas necesitan invertir en el tratamiento de las aguas utilizadas, para ir mejorando gradualmente la calidad del agua  y sus ecosistemas. Se necesita crear incentivos económicos y de imagen empresarial para que las empresas privadas inviertan en los tratamientos y mejoren  la calidad de las aguas utilizadas, antes de  ser incorporadas nuevamente a los ecosistemas acuáticos. Las universidades juegan un rol importante en trabajar indicadores eficientes y eficaces para monitorear la calidad de los cuerpos de agua.
 
 Meta 9: Para 2020, se habrán identificado y priorizado las especies exóticas invasoras y vías de introducción, se habrán controlado o erradicado las especies prioritarias, y se habrán establecido medidas para gestionar las vías de introducción a fin de evitar su introducción y establecimiento.
 
 Las especies exóticas invasoras son una de las principales amenazas para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas. Las regulaciones con las autoridades sanitarias,  de controles fronterizos y de comercio, requieren acciones sinérgicas nacionales e internacionales. Sin embargo, considerando las múltiples vías para la introducción de especies invasoras,  los esfuerzos de educación son vitales además de los de control y erradicación para las que causan el mayor impacto en la diversidad biológica. Los esfuerzos de erradicación de las especies invasoras implican ámbitos sociales y económicos a tener en cuenta.
 
 
Meta 10: Para 2015, se habrán reducido al mínimo las múltiples presiones antropógenas sobre los arrecifes de coral y otros ecosistemas vulnerables afectados por el cambio climático o la acidificación de los océanos, a fin de mantener su integridad y funcionamiento.
           
Los arrecifes de coral y otros ecosistemas vulnerables por el cambio climático y la acidificación de los océanos,  requieren de acciones urgentes nacionales y de ámbito internacional. Se hace imperioso que estos ecosistemas estén incluidos en ámbitos de áreas protegidas o de manejo para revertir la  sobreexplotación y las prácticas de recolección que causan consecuencias negativas en estos ecosistemas. Reducir la contaminación engloba compromisos internacionales principalmente de los privados en sus actividades diarias como parte de su responsabilidad con sus generaciones futuras.
 
 
 Objetivo estratégico C: mejorar la situación de la diversidad biológica salvaguardando los ecosistemas, las especies y la diversidad genética.
 
 
 Meta 11: Para 2020, al menos el 17% de las zonas terrestres y de las aguas interiores y el 10% de las zonas marinas y costeras, especialmente las que revisten particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, se habrán conservado por medio de sistemas de áreas protegidas administrados de manera eficaz y equitativa, ecológicamente representativos y bien conectados, y de otras medidas de conservación eficaces basadas en áreas, y estas estarán integradas a los paisajes terrestres y marinos más amplios.
 
 A nivel global alrededor del 12,7% de las zonas terrestres, el 7,2% de las zonas costeras están protegidas, y 1,6% de las zonas oceánicas globales[5]. Llegar a la meta requiere no necesariamente cumplir con el valor cuantitativo, sino completar la representatividad y la eficacia de la gestión, mejorando la representatividad principalmente en las áreas protegidas en ámbitos marinos y de aguas continentales, integrándolo en los paisajes terrestres y marinos más amplios, tomándose en consideración su complementariedad y configuración espacial.
 
 Mejorar la representatividad bajo categorías de áreas protegidas complementadas con otras modalidades de conservación para optimizar  la conectividad ecológica y el concepto de redes ecológicas, incluida la conectividad para las especies migratorias. Se deben incluir en los sistemas nacionales áreas muy ricas en especies o con muchas especies amenazadas, biomas y hábitats amenazados, áreas con hábitats particularmente importantes (áreas de biodiversidad clave, áreas de alto valor de conservación, áreas vegetales importantes, zonas marinas  sensibles, etc.) y áreas que son importantes para la provisión continua de servicios de los ecosistemas (tales como áreas que son importantes para el suministro de agua, como sumideros de carbono, para la conservación de suelos y el control de la erosión, los sitios sagrados, entre otros). Los sistemas de áreas protegidas deberían contener muestras adecuadas de la gama completa de ecosistemas y procesos ecológicos existentes, incluyendo por lo menos el 10% de cada ecorregión del país. Sin embargo, se debe aclarar que la idea contraria de aumentar las áreas de gestión sin una categoría de área protegida nacional no sería efectivo el esfuerzo para esta meta. Por otro lado, debemos repensar en el sentido de los usos indirectos, de legado y de existencia que nos proveen para el bienestar humano las áreas protegidas, e ir implementando de cara al futuro más áreas protegidas con la categoría de parque nacional.
 
En el marco del enfoque por ecosistemas las áreas protegidas también deberían establecerse y gestionarse en estrecha colaboración con las comunidades indígenas, locales y las poblaciones vulnerables, por medio de procesos participativos y de participación de beneficios equitativos que reconozcan y respeten sus derechos.
 
 
Meta 12: Para 2020, se habrá evitado la extinción de especies amenazadas identificadas y se habrá mejorado y sostenido su estado de conservación, especialmente el de las especies en mayor disminución.
 
Reducir la amenaza de la extinción antropógena de las especies amenazadas requiere medidas de conservación in situ y ex situ, las que deben actuar complementariamente, para hacer frente a los impulsores de cambios directos e indirectos, en el marco de programas de conservación a fin de recuperar las poblaciones de estas especies.
 
Los esfuerzos de financiamiento de estos programas de conservación deberían actuar de forma sinérgica con otras convenciones como la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), la Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres (CMS), la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CRVMA), la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, el Acuerdo para la Conservación de Albatros y Petreles (ACAP), entre otros tratados internacionales. La IUCN juega un rol vital con su grupo de expertos brindando información global del estado de estas especies amenazadas y las recomendaciones de conservación y gestión para estas especies. Las Partes requieren actuar de manera nacional e interconectadas globalmente para ser más efectivos en las medidas a implementar, para mejorar el estado de conservación de las especies amenazadas que se prioricen a nivel nacional.
 
 
Meta 13: Para 2020, se habrá mantenido la diversidad genética de las especies vegetales cultivadas y de los animales de granja y domesticados y de las especies silvestres emparentadas, incluidas otras especies de valor socioeconómico y cultural, y se habrán desarrollado y puesto en práctica estrategias para reducir al mínimo la erosión genética y para salvaguardar su diversidad genética.
 
 
La diversidad genética de las especies domesticadas, sean de animales o plantas, así como las especies parientes silvestres de las especies domesticadas, se encuentran  en declinación y con riesgos de erosión de su diversidad genética. Se tiene pendiente asegurar la conservación in situ de germoplasma de las especies domesticadas para disminuir el riesgo de erosión genética, por lo cual la creación y apoyo financiero de áreas de conservación in situ de especies nativas domesticadas requiere de esfuerzos nacionales e internacionales, como parte de garantizar la seguridad alimentaria. La conservación ex situ en bancos de genes, no es suficiente, necesitamos que el germoplasma continúe adaptándose a las condiciones cambiantes de cara a los efectos del cambio climático y las prácticas agrícolas.
 
Las Partes necesitan hacer esfuerzos para implementar el programa de trabajo sobre diversidad biológica agrícola del CDB, el Plan de acción mundial para la conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el "Plan de Acción Mundial sobre los Recursos Zoogenéticos" de la FAO y la "Iniciativa Internacional sobre Diversidad Biológica para la Alimentación y la Nutrición".
 
 
Objetivo estratégico D: aumentar los beneficios de los servicios de la diversidad biológica y los ecosistemas para todos.
 
 
Meta 14: Para 2020, se habrán restaurado y salvaguardado los ecosistemas que proporcionan servicios esenciales, incluidos servicios relacionados con el agua, y que contribuyen a la salud, los medios de vida y el bienestar, tomando en cuenta las necesidades de las mujeres, las comunidades indígenas y locales y las personas pobres y vulnerables.
 
Las actividades de restauración y protección de ecosistemas estratégicos por los servicios de los ecosistemas que producen tales como el suministro de agua, protección de cuencas hidrográficas, generación de oxígeno, regulación de la temperatura, entre otros, son transcendentales para el bienestar humano, tanto para los pobladores locales como para los que viven en las ciudades, por ello deberemos asignarle prioridad a salvaguardar o restaurar dichos ecosistemas y a asegurar que todas las personas de esta y las futuras generaciones tengan acceso adecuado a los servicios brindados por los ecosistemas.
 
Las Partes tienen que priorizar los ecosistemas a restaurar y proteger por su importancia de  ser generadores de servicios ecosistémicos estratégicos, como medidas de inversión en la seguridad nacional y asegurar inversiones privadas futuras, integrarse en planes de desarrollo nacional, regional y local, para asegurar que estos ecosistemas reciban la protección y las inversiones necesarias.
 
Meta 15: Para 2020, se ha incrementado la resiliencia de los ecosistemas y la contribución de la diversidad biológica a las reservas de carbono, mediante la conservación y la restauración, incluida la restauración de por lo menos el 15 por ciento de las tierras degradadas, contribuyendo así a la mitigación del cambio climático y a la adaptación a éste, así como a la lucha contra la desertificación.
 
Los ecosistemas bajo la estructura de paisajes terrestres o marinos restaurados contribuyen a aumentar la capacidad de adaptación de los ecosistemas y las sociedades, contribuyendo a la adaptación al cambio climático y, generando beneficios sociales y económicos, lo cual redundadará en el incremento de la resiliencia de los ecosistemas.
 
 Las actividades de conservación y restauración de ecosistemas degradados deben ser planificadas de manera sinérgica para el cumplimiento además de los objetivos del CDB con los objetivos de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD) y el Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques (FNUB).
 
Estas actividades necesitan de la formulación de mecanismos como el pago por los servicios de los ecosistemas, los pagos de compensación por daños ambientales, los mecanismos “REDD-plus”, los cuales deberán ser estudiados caso por caso cumpliendo las recomendaciones del enfoque por ecosistemas, ayudarían a revertir los cambios negativos del uso de la tierra. Sin embargo, estos mecanismos necesitan de compromisos de inversiones nacionales y de las empresas privadas para lograr la meta de restauración de por lo menos el 15% de los ecosistemas  degradados, además de los estudios científicos que se tendrán que implementar.
 
Meta 16: para 2015, el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización estará en vigor y en funcionamiento, conforme a la legislación nacional.
 
 
El Protocolo de Nagoya entrará en vigor 90 días después del depósito del quincuagésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. A la fecha del presente informe han ratificado 48 países dicho Protocolo.
 
La importancia del protocolo es la aplicación del tercer objetivo del Convenio sobre Diversidad Biológica relacionado con la participación justa y equitativa de los beneficios derivados del acceso a los recursos genéticos.
 
La participación de los beneficios contribuirá a crear incentivos para la conservación de la diversidad biológica, utilización sostenible de los sus componentes, y al desarrollo sostenible. Asimismo, prevé mecanismos para la protección y participación de los beneficios por el uso de los conocimientos colectivos de las comunidades indígenas y locales vinculados a los recursos biológicos. Sin embargo, se hace necesario que las legislaciones y los procedimientos faciliten el acceso y sean efectivas para responder a la demanda de las investigaciones científicas y las inversiones privadas.
 
 
Objetivo estratégico E: mejorar la aplicación a través de la planificación participativa, la gestión de los conocimientos y la creación de capacidad
 
 
Meta 17: Para 2015, cada Parte habrá elaborado, adoptado como un instrumento de política, y comenzado a poner en práctica una estrategia y un plan de acción nacionales en materia de diversidad biológica eficaces, participativos y actualizados.
 
 Las estrategias y planes de acción nacionales en materia de diversidad biológica (EPANDB) son los instrumentos de gestión para el cumplimiento del Convenio y de las decisiones de la Conferencia de las Partes, por ello es importante que las Partes aprueben sus estrategias con metas e indicadores que incluyan las prioridades nacionales, en espacios participativos, la misma que deberá ser un instrumento de gestión dinámico que deberá adaptarse a los niveles nacionales, regionales y locales para su aplicación.
 
 La EPANDB debe ser parte de los documentos de desarrollo e integradas en los planes de desarrollo social y económico en todos los niveles. Los Ministerios de Economía y Finanzas de los países deberían incorporarla como parte de sus políticas sociales y económicas, así como  de las prioridades de inversión pública y privada.
 
 
 Meta 18: para 2020, se respetarán los conocimientos, las innovaciones y las prácticas tradicionales de las comunidades indígenas y locales pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, así como su uso consuetudinario de los recursos biológicos. Este respeto estará sujeto a la legislación nacional y a las obligaciones internacionales pertinentes y se integrará plenamente y estará reflejado en la aplicación del Convenio a través de la participación plena y efectiva de las comunidades indígenas y locales en todos los niveles pertinentes.
 
 
La aplicación del artículo 8 j) y del artículo 10 c) del Convenio, relacionado con el respeto y la protección de los conocimientos, las innovaciones y las prácticas tradicionales vinculados con la conservación y utilización sostenible con los componentes de la diversidad biológica, constituyen acciones necesarias para complementar el conocimiento científico sobre la diversidad biológica y generar mecanismos para su gestión, con la participación plena y efectiva de las comunidades indígenas y locales, así como de los beneficios que se generen.
 
Meta 19: para 2020, se habrá avanzado en los conocimientos, la base científica y las tecnologías relativas a la diversidad biológica, sus valores y funcionamiento, su estado y tendencias y las consecuencias de su pérdida, y tales conocimientos y tecnologías serán ampliamente compartidos, transferidos y aplicados.
 
Las plataformas para el acceso y compartir los conocimientos científicos y las tecnologías pertinentes relativas a la diversidad biológica son necesarias para la toma de decisiones. El estado actual y las tendencias del estado de los componentes de la diversidad biológica, forman parte de la economía de la información necesaria para la planificación del desarrollo de los países e ir alcanzando gradualmente el desarrollo sostenible.
 
 
 Meta 20: Para 2020, a más tardar, debería aumentar de manera sustancial, en relación con los niveles actuales, la movilización de recursos financieros para aplicar de manera efectiva el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020, provenientes de todas las fuentes y conforme al proceso refundido y convenido en la Estrategia para la movilización de recursos. Esta meta estará sujeta a cambios según las evaluaciones de recursos necesarios que las Partes hayan llevado a cabo y presentado en sus informes.
Los países en desarrollo, en particular los menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, así como los países con economías en transición, cuentan con recursos limitados para aplicar el Convenio. Por lo expuesto, se necesita el compromiso común de los países donantes y destinatarios de adoptar medidas, según proceda, tanto para aumentar los fondos de cooperación para actividades pertinentes a la diversidad biológica, en consonancia con la Declaración de París y los compromisos adquiridos en el Consenso de Monterrey.
 
Además, es importante que las Partes también contribuyan intersectorialmente con inversiones efectivas a favor del financiamiento de la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, como un mecanismo de crear condiciones de seguridad nacional y espacios para la inversión privada.
 
Por otro lado, constituye un reto para alcanzar los compromisos relacionados con los Objetivos de Desarrollo del Milenio, para que los flujos de ayuda alcancen el 0,7% del PIB, lo cual coadyuvaría a la conservación de la diversidad biológica. Asimismo, se debe considerar las sinergias con el  Acuerdo de Copenhague, de cara a los efectos del cambio climático y sus repercusiones en la diversidad biológica.
 
 


 [1] Fisher, A. (2011).  Evaluation of Global Outlook – 3.  Submitted to the Secretariat of the Convention on  Biological Diversity.
 [2] CDB. (2010). El Plan Estratégico para la Diversidad Biológica. Obtenida el 20 de junio 2014, de http://www.cbd.int/sp/
 
 [3]  CBD. 2010. Aichi biodiversity targets. Obtenida el 01 de Julio 2014, de http://www.cbd.int/sp/targets/
 

[4] CBD. 2010. Quick Guides for the Aichi Biodiversity Targets. Obtenida el 01 de Julio 2014, de http://www.cbd.int/nbsap/training/quick-guides/01.07.2014

 

[5]  Bastian Bertzky,   Colleen Corrigan, James  Kemsey, Siobhan  Kenney,  Corinna  Ravilious, Charles      Besançon and Neil Burgess (2012). Protected Planet Report 2012: Tracking progress towards global targets for protected areas. IUCN, Gland, Switzerland and UNEP-WCMC, Cambridge, UK. 60p.


miércoles, 11 de junio de 2014

Protocolo de Nagoya - Convenio sobre Diversidad Biológica.


Recursos genéticos y beneficios: Protocolo de Nagoya
 

Dra. Marina Rosales Benites de Franco
Prof. Universidad Nacional Federico Villarreal

 

Recursos genéticos.
 

Constituyen los recursos genéticos todo material procedente de organismos de naturaleza biológica conformado por los cromosomas que contiene unidades funcionales y no funcionales de la herencia, y el ácido ribonucleico (ARN), que presenta valor real o potencial. Los recursos genéticos pueden derivar de especies silvestres terrestres o acuáticas, cultivadas o domesticadas.
 El ácido desoxirribonucleico (ADN) se organiza en moléculas de cromatina que a su vez se ensamblan en cromosomas, se encuentra en el núcleo celular de los eucariotas, además de pequeñas cantidades en las  mitocondrias y cloroplastos. En los procariotas, el ADN se encuentra en un cuerpo de forma irregular denominado nucleoide.
 
El ácido ribonucleico (ARN) está presente tanto en las células procariotas como en las eucariotas, y es el único material genético de ciertos virus (virus ARN), desempeña diversas funciones, tales como la dirección de las etapas intermedias de la sintésis protéica. El ADN no puede actuar solo, y se vale del ARN para transferir esta información vital durante la síntesis de proteínas necesarias para la célula, sus actividades y su desarrollo. Regula la expresión genética y tienen actividad catalítica.
Los cromosomas están constituidos por genes codificadores de proteínas los que se conocen como los únicos depósitos de la herencia; genes no codificadores relacionados con las señales químicas unidas al ácido desoxirribonucleico (ADN); y, la capa epigenética de la información, que no altera la secuencia de ADN pero influye en su expresión, ligados con la plasticidad fenotípica y la salud.

Las unidades funcionales de la herencia son los genes. El gen es considerado la unidad de almacenamiento de información genética, unidad de la  herencia que transmite información a la descendencia. Los genes se disponen a lo largo de ambascromátida de los cromosomas y ocupan una posición determinada llamada locus. El conjunto de genes de una especie se denomina génoma. Estas funciones pueden estar vinculadas con las funciones fisiológicas.

Los genes están compuestos de segmentos de ADN. Un gen es una secuencia de ADN, nucleótidos,  codificados con instrucciones para una proteína en particular o ARN. A través del ADN, los genes codifican instrucciones para crear muchos tipos de diferentes proteínas dentro de nuestras células vivas. No todos los genes en el cromosoma trabajan activamente, algunos están “activados” y otros “apagados”. El proyecto Genoma Humano[1] ha determinado que sólo un 5 % del genoma humano codifica proteínas y aproximadamente el 35% del genoma contiene secuencias repetidas, constituido por ADN no codificante, nominado inapropiadamente como ADN basura.

 El ADN o gen no codificante tiene funciones vitales, tales como la regulación de la expresión diferencial de los genes, desempeñan funciones de afinidad hacia proteínas especiales que tienen la capacidad de unirse al ADN (como los homeodominios, los complejos receptores de hormonas esteroides, etc.), con un papel importante en el control de los mecanismos de trascripción y replicación, desempeñan función estructural en los cromosomas, transcriben en ARN, representan pseudogenes que tienen valor evolutivo, ya que permiten la creación de nuevos genes con nuevas funciones, proceden de la duplicación de pequeñas regiones del ADN que permite el rastreo de estas secuencias repetitivas para estudios de filogenie[2].

Los factores epigenéticos o no genéticos intervienen en la determinación de la  ontogenia, intervienen en la regulación heredable de la expresión genética sin cambio en la secuencia de nucleótidos, conjunto de procesos químicos que modifican la actividad del  ADN pero sin alterar su secuencia. Siendo importante en la genética de poblaciones, la expresión de variación epigenética fenotípica que resulta de diferentes condiciones ambientales que hacen que unos genes se expresen o no dependiendo de condiciones exteriores. Modificaciones en la expresión de genes que no obedecen a una alteración de la secuencia del ADN y que son heredables. Una de las fuentes de mayores modificaciones de los genes es el factor ambiental y puede afectar a uno o varios genes con múltiples funciones. Estas modificaciones presentan un alto grado de estabilidad y, al ser heredables, se puedan mantener en un linaje celular por muchas generaciones. Intervienen en cambios en la expresión de los genes, la selección natural, a partir del resultado biológico de dicha expresión de genes, actuando sobre el proceso epigenético y sobre el organismo que lo manifiesta.


La epigenética reinterpreta conceptos conocidos y devela nuevos mecanismos por los cuales la información contenida en el ADN de cada individuo es traducida. Se está descifrando un nuevo lenguaje del genoma e introduciendo la noción de que las experiencias de los seres vivos pueden marcar su material genético, y que estas marcas pueden ser transmitidas a generaciones futuras.


En este marco de lo que involucran los recursos genéticos se ha desarrollado normatividad para su acceso incluyendo como mecanismo de retribución la participación de beneficios, que coadyuve directa o indirectamente con la conservación de la diversidad biológica y su utilización sostenible.

La legislación desarrollada en el marco del Convenio sobre Diversidad Biológica, es el Protocolo de Nagoya[3] sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica; el Régimen de Acceso a los Recursos Genéticos, Decisión 391 de la Comunidad Andina de Naciones; y, la normatividad nacional, el Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2009-MINAM. La protección de los conocimientos colectivos  de las comunidades indígenas y locales, vinculados a los recursos biológicos, se ha normado por la Ley Nº 27811, Ley que establece el “Régimen de Protección de los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas vinculados a los recursos Genéticos”.

 
Regulaciones para el acceso a los recursos genéticos en el marco del Convenio sobre Diversidad Biológica.


Los recursos genéticos tienen usos importantes para la seguridad alimentaria, la industria y la tecnología, teniendo relevancia la industria farmacéutica, la cosmetológica, la de los alimentos, la bioinformática y la nanotecnología. Sin embargo, no podemos dejar de mencionar sus usos indirectos, de legado y de existencia, su rol fundamental en los procesos evolutivos en los ecosistemas.


Del Convenio sobre Diversidad Biológica
 
El Convenio sobre Diversidad Biológica incluye como un mecanismo para lograr la conservación y utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica, la participación de los beneficios por la utilización de los recursos genéticos.
 

Es conocido por todos que los beneficios generados por sus usos directos industriales y los derechos de propiedad intelectual generados, son significativos e importantes, los cuales deben formar parte de un elemento para la conservación de la diversidad biológica y su uso sostenible; por ello, el Convenio sobre Diversidad Biológica en su objetivo central reconoce como uno de sus objetivos, la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de dichos recursos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada.

 Además, en su artículo 15º reconoce los derechos soberanos de los Estados sobre sus recursos naturales, la facultad de los gobiernos nacionales de regular el acceso a los recursos genéticos basada en su legislación nacional, facilitar a otras Partes Contratantes el acceso a los recursos genéticos para utilizaciones ambientalmente adecuadas. Inserta la obligatoriedad de conceder el acceso en condiciones mutuamente convenidas y sometido al consentimiento fundamentado previo de la Parte Contratante (país que ha aprobado y ratificado el Convenio) que proporciona los recursos. Fomenta la investigación de los recursos genéticos en los países de origen. La implementación de mecanismos para compartir en forma justa y equitativa de los resultados de las actividades de investigación y desarrollo, y los beneficios derivados de la utilización comercial y de otra índole de los recursos genéticos con la Parte Contratante que aporta esos recursos, en condiciones mutuamente acordadas.

 
Del Protocolo de Nagoya.

El Protocolo de Nagoya recoge el mandato de los artículos 15º y 8j) del Convenio sobre Diversidad Biológica. Establece como ámbito a los recursos genéticos y a los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos comprendidos en el ámbito del Convenio y sus beneficios que se deriven de sus utilizaciones.

 El artículo 8j) del Convenio sobre Diversidad Biológica establece que con arreglo a la legislación nacional de las Partes Contratantes, se respetará, preservará y mantendrá los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de quienes posean esos conocimientos, innovaciones y prácticas, y fomentará que los beneficios derivados de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente.

El Protocolo de Nagoya regula principalmente los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados, siempre que contribuyan a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica. Su objetivo se centra en la participación justa y equitativa en los beneficios de los mismos, con el cumplimiento del acceso apropiado a los recursos genéticos y por medio de la transferencia proporcionada de tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre dichos recursos y tecnologías y, por medio de la financiación apropiada. El acceso a los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales está regulado por las legislaciones nacionales de las Partes Contratantes.

El Protocolo define “derivado” como un compuesto bioquímico que existe naturalmente, producido por la  expresión genética o el metabolismo de los recursos biológicos o genéticos, incluso aunque no contenga unidades funcionales de la herencia. Sin embargo, su regulación no se detalla en el mismo.

 El acceso a los recursos genéticos y a los conocimientos tradicionales vinculados o asociados implica el consentimiento informado previo (CIP) y la distribución de beneficios de manera justa y equitativa en condiciones mutuamente acordadas (CMA). Para el caso de los conocimientos tradicionales asociados son las comunidades indígenas y locales las que lo determinan.

La participación justa y equitativa en los beneficios puede ser monetaria y no monetaria. Siendo, el de mayor trascendencia el fortalecimiento de capacidades y la transferencia de tecnología.

 El Protocolo de Nagoya establece condiciones para que se incluyan en las legislaciones nacionales vinculadas con el acceso para el consentimiento informado previo, seguridad jurídica, claridad, transparencia, normas y procedimientos justos y no arbitrarios. Además, información de cómo solicitar el consentimiento fundamentado previo y costos, decisiones claras y transparentes, emitir al momento del acceso un permiso o su equivalente como  consentimiento fundamentado previo y de que se han establecido condiciones mutuamente acordadas, y notificar al Centro de Intercambio de Información sobre Acceso y Participación en los Beneficios. Establecer criterios en el caso de acceso de recursos genéticos que requiera el consentimiento fundamentado previo o aprobación y participación de las comunidades indígenas y locales.

Las condiciones mutuamente acordadas se establezcan por escrito y se debe incluir, entre otras cosas: (i) una cláusula sobre resolución de controversias; (ii) condiciones sobre participación en los beneficios, incluso en relación con los derechos de propiedad intelectual; (iii) condiciones para la utilización subsiguiente por un tercero, si la hubiera; y (iv) condiciones sobre cambio en la intención, cuando proceda. Estas dos últimas condiciones son vitales debido a que el acceso a los recursos genéticos en los países en desarrollo, principalmente, no cuenta con la tecnología para los estudios más precisos de los estudios bioquímicos y químicos más detallados de los principios activos para el caso de bioprospección y aplicación industrial. En estas etapas el centro de Información sobre Acceso y participación en los Beneficios juega un rol crucial para coadyuvar el seguimiento del CIP y CMA de los recursos genéticos accedidos.

Entre las consideraciones especiales establecidas en el protocolo se puede destacar la promoción de la investigación que contribuya a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, particularmente en los países en desarrollo; las medidas simplificadas de acceso para fines de investigación de índole no comercial y el cambio de intención para dicha investigación. Los casos de emergencias presentes o inminentes que creen amenazas o daños para la salud humana, animal o vegetal; y, para la alimentación y la agricultura en su rol especial para la seguridad alimentaria.

El mecanismo mundial multilateral de participación en los beneficios que estable el Protocolo requiere de decisiones futuras que las Partes establezcan medidas para abordar la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos que se producen en situaciones transfronterizas o en las que no es posible otorgar y obtener consentimiento fundamentado previo. Es necesario que se precise la definición de situaciones transfronterizas y los mecanismos de la utilización de los beneficios compartidos en la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes a nivel mundial, de cara al entendimiento que el acceso de los recursos genéticos de los países de origen corresponde al ámbito político del país de origen donde se realiza el acceso y no al ámbito de distribución de las especies biológicas que contienen el o los recursos genéticos.

El mecanismo multilateral se adecua más para los conocimientos tradicionales que se encuentran en dominio público, sería el único caso que se incluya en la excepción de la no posibilidad de otorgar y obtener el consentimiento fundamentado previo.

El conocimiento tradicional asociado que no se encuentra en dominio público a ser utilizado para dar valor agregado a los recursos genéticos o productos derivados de acuerdo a las legislaciones nacionales deberá se parte del fortalecimiento de capacidades que se participe a las comunidades indígenas y locales, a través de formatos o modelos elaborados bajo su visión de protocolos, condiciones y cláusulas de contratos o licencias para asegurar la participación justa y equitativa de beneficios, por la utilización de dichos conocimientos colectivos tradicionales asociados.

Los puntos focales nacionales son asumidos por una institución encargada de brindar información sobre los mecanismos de acceso a los recursos genéticos y conocimientos tradicionales, punto de enlace con la Secretaría del Protocolo. Las autoridades competentes de tramitar el procedimiento de acceso pueden ser una o más dependiendo del ámbito de sus competencias en las diferentes taxa de las especies silvestres, cultivadas o domesticadas.

El Centro de Intercambio de Información sobre Acceso y Participación en los  beneficios es un mecanismo de facilitación para compartir información relacionada con el acceso y la participación en los beneficios. Facilitará el acceso a la información pertinente para la aplicación del Protocolo. La información de intercambio, sin afectar la información declarada como confidencial, será intercambiada incluyendo los permisos o su equivalente, emitidos en el momento del acceso como prueba de la decisión de otorgar el consentimiento fundamentado previo y de que se han establecido condiciones mutuamente acordadas. El permiso o su equivalente emitido constituirán un certificado de cumplimiento reconocido internacionalmente.

Las Partes del Protocolo otorgan los permisos o sus equivalentes en el caso peruano la resolución de la autoridad competente que perfecciona el contrato de acceso a los recursos genéticos, siempre que se hayan cumplido la legislación nacional, la cual debe incluir, entre otros, el consentimiento fundamentado previo y se hayan establecido condiciones mutuamente acordadas. En las condiciones mutuamente acordadas se deberá establecer disposiciones sobre resolución de controversias que incluyan la jurisdicción a la que se someterán todos los procesos de resolución de controversias; la ley aplicable; y, las opciones para la resolución de controversias alternativa pudiendo ser mediación o arbitraje.

El acceso a los conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos utilizados en la jurisdicción de las Partes, debe realizarse conforme a la normativa específica que incluya el consentimiento fundamentado previo o con la aprobación y participación de las comunidades indígenas y locales; y, que se hayan establecido condiciones mutuamente acordadas para el acceso y participación en los beneficios.

El Protocolo incluye como un mecanismo de cumplimiento que las Partes incluyan los códigos de conducta voluntarios y directrices para el acceso y la participación de beneficios y de control documentario en los puntos de chequeo o control a cargo de instituciones con competencia en la materia.

La concienciación de todos los involucrados y la creación de capacidades, especialmente para las comunidades indígenas y locales son instrumentos transcendentales para la aplicación de este tratado internacional.

El Protocolo se abrió para la firma de las Partes en el Convenio en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York desde el 2 de febrero de 2011 y entrará en vigor el nonagésimo día contado a partir de la fecha en que haya sido depositado el quincuagésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión por los Estados u organizaciones regionales de integración económica que sean Partes en el Convenio. A junio de 2014 han ratificado el Protocolo 38 Partes Contratantes y 92 lo han suscrito[4].

El mecanismo de apoyo financiero del Protocolo de Nagoya será el mecanismo financiero del Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Fondo para el Medio Ambiente Mundial, que actúa como la estructura institucional que se hace cargo del funcionamiento del mecanismo financiero del Convenio, en el marco del Memorando de Entendimiento entre la Conferencia de las Partes en el Convenio y el Consejo del FMAM, adoptado por la COP en su decisión III/8. En virtud de este Memorando, el FMAM funciona bajo autoridad y dirección de la COP, para los propósitos del Convenio, y es responsable ante ella. Como consecuencia de esta recomendación, la undécima reunión de la Conferencia de las Partes, en la decisión XI/4 decidió incluir la consideración de la movilización de recursos para el Protocolo de Nagoya en la aplicación de la “Estrategia para la movilización de recursos en apoyo a la consecución de los tres objetivos del Convenio para el período 2008 – 2015”[5].

 
Cuestiones claves a considerar para la normatividad nacional.

La normatividad nacional necesita delimitar claramente el ámbito de acceso a los recursos genéticos y sus compuestos bioquímicos, diferenciando sus fines y estableciendo procesos ágiles, simplificados y prácticos que no representen un obstáculo para el desarrollo de la ciencia y las inversiones en el país. Los nutracéuticos y  los alimentos funcionales no deberían ser excluidos de este ámbito.
El país ha venido normando sus autorizaciones de colecta científica estableciendo compromisos de los usuarios como beneficios no monetarios, los cuales pueden servir como mecanismos de las condiciones mutuamente acordadas entre las instituciones que representan al Estado y los investigadores. No debemos de perder la perspectiva que la regulación de acceso tiene como uno de sus mandatos facilitar el acceso   y más cuando se trata de los casos de investigación científica. En realidad, este trámite administrativo debe tener como uno de sus pilares a favor la inclusión de códigos de conducta voluntarios e incentivados por las instituciones que actúan como autoridades competentes para el acceso a los recursos genéticos.
En el país, los recursos genéticos son patrimonio de la Nación, son inalienables, imprescriptibles e inembargables, sin perjuicio de los regímenes de propiedad aplicables sobre los recursos biológicos que los contienen, el predio en que se encuentran, o el componente intangible asociados, sean de especies silvestres terrestres o acuáticas, cultivadas o domesticadas, por ello el consentimiento informado previo (CIP) constituye la resolución emitida por una institución del Estado, autoridad competente,  perfecciona el contrato de acceso. La distribución de beneficios de manera justa y equitativa en condiciones mutuamente acordadas se debe establecer en los contratos de acceso y accesorios. Para el caso de proyectos de investigación las condiciones de participación de los beneficios se deberá incluir en el contrato de acceso marco.
Los conocimientos colectivos forman parte del patrimonio cultural en el país, por ello son inalienables e imprescriptibles. El consentimiento informado previo del componente de conocimientos tradicionales es otorgado por las comunidades representadas por sus organizaciones y bajo sus normas de organización internas; y, las condiciones mutuamente acordadas se deben incorporar en los contratos de licencias del uso del conocimiento colectivo.

La regulación del mecanismo mundial multilateral de participación en los beneficios que establece el Protocolo y las condiciones para el acceso, es una tarea pendiente a nivel internacional y la elaboración de la posición nacional al respecto.

El punto focal y las autoridades competentes requieren establecer normativa especial de los mecanismos de interrelación y toma de decisiones ágiles descentralizados, que no perjudique a los usuarios en los trámites de acceso a los recursos genéticos, dada la experiencia nacional de la dilatación de los trámites de acceso en el país. Resoluciones y contratos de acceso marco para las investigaciones científicas en línea y, fomento de las inversiones en proyectos de bioprospección con contratos de acceso ágiles con formatos normalizados y aprobados por una Comisión Nacional de Recursos Genéticos que forme parte de la Comisión Nacional de Diversidad Biológica.
La estructura de gestión de los recursos genéticos ha demostrado que limitada  la operatividad, por los resultados de autorizaciones de acceso a los recursos genéticos,  contratos de acceso marco (20 para especies silvestres terrestres)[6] y no se tienen contratos de acceso y, la falta de operatividad de la instancia multisectorial consultiva por restringir sus funciones a políticas sobre recursos genéticos. Se hace necesario incorporar procesos de tomas de decisiones concertadas intersectoriales, interdisciplinarias, colegiadas, con participación de representantes de comunidades indígenas y locales, la comunidad científica, empresa privada, en una comisión descentralizada, la Comisión Nacional de Recursos Genéticos del Perú. Esta comisión debiera analizar los expedientes de acceso a los recursos genéticos y sus compuestos derivados o bioquímicos, para recomendar la procedencia del consentimiento informado previo y las condiciones mutuamente acordadas a la autoridad sectorial competente quien emite la resolución que perfecciona el acceso a los recursos genéticos. Actualmente la tecnología ayuda a ser más expeditivos para hacer realidad los mecanismos y procesos para la descentralización, participación, transparencia, equidad, eficacia y eficiencia, en el marco de los principios de una buena gobernanza y la aplicación del enfoque por ecosistemas.

Elaborar sistemas de contratos para los cambios de uso de los materiales biológicos que contiene el recurso genético, pasar de un contrato marco con fines de investigación a uno de contrato con fines comerciales, bajo principios normalizados con procedimientos ágiles, como incentivo para las inversiones en el país.

Los códigos de conducta voluntarios son medios para el cambio de actitud de los usuarios que sea favorable para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, lo cual nos favorece en el mediano y largo plazo, ciudadanos con aptitudes para el entendimiento del proceso de acceso y participación de beneficios. Se necesita elaborar el código de conducta paralelamente a los mecanismos de incentivos más que sanciones.

Las instituciones nacionales de apoyo constituidas por las universidades deberían jugar un rol como instituciones de cooperación y participar en los proyectos de acceso a los recursos genéticos como socios, requiriendo un cambio de una función de “control” o seguimiento de las autorizaciones de acceso a los recursos genéticos, a cumplir una función proactiva de colaboración y parte de los proyectos científicos e inversiones a desarrollarse en materia de acceso a recursos genéticos y compuestos bioquímicos, acorde con el mandato del Convenio sobre Diversidad Biológica, artículos 16º y 19º,  y el objetivo del Protocolo de Nagoya y sus artículos 22º y 23º, de participación de la transferencia de tecnología a los países de origen. Fomentar instituciones científicas con capacidades para dar valor agregado a los recursos genéticos, asociadas con la inversión privada, para la generación de productos y derechos de propiedad  intelectual.

Finalmente, necesitamos repensar el sistema de acceso a los recursos genéticos del país, sin perder la perspectiva de que coadyuve a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo a la transferencia de tecnología, el fortalecimiento de capacidades y la promoción de inversiones en esta materia en el país, como mecanismos pilares para la participación justa y equitativa de beneficios, importantes y significativos en el mediano y largo plazo.                                           

 

 



[3] Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica.2011. Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica: texto y anexo. 16p. Canadá.
 
[4] Status of Signature,  and ratification, acceptance, approval or accession http://www.cbd.int/abs/nagoya-protocol/signatories/. 11.06.2014.
[5] UNEP/CBD/COP/DEC/IX/11. Estrategia para la movilización de recursos en apoyo a la consecución de los tres objetivos del Convenio para el período 2008-2015